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Juicio a la secta yogui: la defensa pidió la absolución de todos los imputados

El abogado de Silvia Cristina Capossiello, Sinecio de Jesús Coronado Acurero y Luis Antonio Fanesi rechazó todas las imputaciones por considerarlas prescriptas o por hechos ocurridos en Venezuela. Además, aseguró que los tres también fueron víctimas del líder del culto, el fallecido Eduardo Nicosia.

En el marco del juicio a la secta yogui liderada por el fallecido Eduardo Nicosia, la defensa de Silvia Cristina Capossiello, Sinecio de Jesús Coronado Acurero y Luis Antonio Fanesi rechazó todas las imputaciones, pidió sus absoluciones y consideró que también fueron víctimas de trata de personas por más que no se hayan autopercibido como tal.

El defensor Martín Duarte realizó su alegato de manera remota, mientras que en la sala estuvo el representante del Ministerio Público Fiscal Carlos Fioriti y el presidente del Tribunal Federal, el juez Roberto Falcone.

En su alegato, Duarte trazó los movimientos que realizó la secta de manera cronológica: así marcó que Eduardo Nicosia comenzó con el culto a principio de los setenta y en 1978, por la dictadura militar en Argentina, se fueron a Venezuela, donde estuvieron hasta 1984. Entre 1984 y 1991 volvieron a Argentina, donde se instalaron en una casa quinta en Francisco Álvarez, escenario según las víctimas de los peores años de sus vidas, de torturas, horrores y abusos. En 2001 Nicosia y la secta volvió a Venezuela, hasta que en 2017 regresaron a Argentina y se instalaron definitivamente en el Hotel City de Mar del Plata.

Con esto en cuenta, Duarte consideró que los delitos de abuso sexual y de alteración de identidad se encuentran prescriptos o bien sucedieron en Venezuela, y que al tratarse de otro país el Tribunal Federal argentino no tiene jurisdicción. En cuanto a los delitos de trata de personas, el defensor rechazó la imputación, por entender que Capossiello, Acurero y Fanesi también fueron víctimas del propio Nicosia y, entonces, en su condición de víctimas estarían eximidos de las acusaciones por los delitos que pudieron cometer.

No existió una averiguación de la verdad de los hechos, se desoyeron a las víctimas. El único que tomaba las decisiones era Nicosia“, expresó Duarte y también argumentó que el otro gran responsables de los delitos cometidos en la secta era el también fallecido Fernando Velázquez.
“Fallecieron los principales imputados, es claro que son hechos aberrantes que marcaron a dos generaciones. Muchos hechos se encuentran prescriptor y otros ocurrieron en Venezuela”, remarcó Duarte y agregó: “Por eso no se puede condenar de manera arbitraria a personas que no son penalmente responsables”.
En cuanto a los delitos de resistencia a la autoridad y acopio de armas, ambos ocurridos supuestamente durante el allanamiento al Hotel City en junio de 2018, el defensor consideró que “no existen pruebas para acreditar la resistencia a la autoridad, ya que no fue necesario el uso de fuerza de la policía” y remarcó que, tal como aparece en el acta de esa fecha, cada arma secuestrada tenía su cédula de propiedad por parte de alguien de la secta.

Con estos argumentos es que Duarte solicitó la absolución de Capossiello, Acurero y Fanesi y también solicitó que de hacerse el decomiso de los bienes de la secta, la reparación económica llegué a todos las víctimas, por más que no se autoperciban como tal. Es decir, solicitó que también reciban una reparación económica sus defendidos.

El juicio continuará el lunes 9 de mayo, con las últimas palabras de los imputados y luego los jueces Roberto Falcone,  Fernando Machado Pelloni y Nicolás Toselli darán a conocer la fecha de la sentencia.

Cabe recordar que el representante del Ministerio Público Fiscal, Carlos Fiorito, en su alegato había solicitado 40 años para quien era la esposa del fallecido Eduardo Nicosia, Silvia Capossiello27 años para Sinecio de Jesús Coronado Acurero y 17 años para Luis Antonio Fanesi, por haber tenido diferentes grados de participación en delitos que van desde la trata de persona al abuso sexual.

Además, Fioriti solicitó al Tribunal Federal en lo Criminal N° 1 de Mar del Plata que junto a las condenas se ordene la reparación económica por el daño moral sufrido de las diez víctimas trata de personas, en la suma de 6.600.000 pesos para cada una.

Por su parte, la representante de la Defensoría Pública de la Víctima (DPV), Inés Jaureguiberry, solicitó que se dispongan reparaciones de entre 35 y 61 millones de pesos por los daños materiales y morales ocasionados a las víctimas.

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